La solicitud, gestión y expedición de los documentos CITES conllevan el pago de una tasa CITES recogida en laLEY 32 2007 (solo la disposición adicional 2a).pdf(17 Kb) disposición segunda de la Ley 32 2007 cuya cuantía es la siguiente:
  • Por Permisos CITES de importación de hasta 4 especies: 20 que se incrementará en 5 € más por especie.
  • Por Permisos CITES de exportación de hasta 4 especies: 20 € que se incrementará en 5 € más por especie.
  • Por Certificados CITES de reexportación de hasta 4 especies: 20 € que se incrementará en 5 € más por especie.
  • Por Certificados de propiedad privada de hasta 4 especies: 30 € que se incrementará en 5 € más por especie.
  • Por Certificados de uso comunitario (Certificados CITES UE): 20 €.
  • Por Certificados de exhibición itinerante: 10 €.
Las Notificaciones CITES de importación y los permisos previos de importación no conllevan el pago de ninguna tasa CITES.
 
Los organismos e instituciones oficiales pertenecientes a cualquiera de las Administraciones Públicas están exentos del abono de estas tasas.

Procedimiento de pago de la tasa CITES

Puede realizar el pago de dos formas:
  • Presentar la solicitud y el pago de forma telemática si posee un certificado digital de usuario.
  • Presentar la solicitud de forma presencial. Para ello, debe recoger el formulario de pago denominado "Tasa CITES" (modelo 790) en uno de los Servicios de Inspección SOIVRE de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio Exterior. Se utilizará un formulario por cada permiso o certificado CITES solicitado. Una vez realizado el pago ante una entidad bancaria, se entregará el "ejemplar para la Administración", junto con el resto de la documentación justificativa, en los Servicios de Inspección SOIVRE.
En el caso de presentar la solicitud de forma presencial debe tener en cuenta lo siguiente:
  • Puede consultar, a título informativo (no es válido para realizar el pago), el formulario Documento pdf(676 kb) Tasa CITES.
  • Para la realización del pago debe presentar el documento original.
  • Escriba a máquina o con bolígrafo con letras mayúsculas o de imprenta.
  • Asegúrese de que los datos resultan legibles en los tres ejemplares de que consta el formulario.
  • No doble el papel y evite escribir otros documentos sobre él ya que las hojas son autocopiativas.
  • Presente el documento rellenado y firmado en cualquier entidad colaboradora en la recaudación tributaria (son la mayoría de Bancos, Cajas de Ahorro o Cooperativas de Crédito).
  • El "ejemplar para el interesado" se conservará por el titular como justificante del abono.
  • Si ha ingresado una cantidad inferior a la correspondiente deberá rellenar otro impreso marcando la casilla de "autoliquidación complementaria", anotando el número de justificante de la autoliquidación principal y abonando la cantidad restante.
  • Si ha ingresado una cantidad superior a la correspondiente deberá reclamar el pago indebido ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de su localidad.