CERTIFICADO DE PROPIEDAD PRIVADA
Cuando el espécimen proceda de la UE , la autoridad expedidora será la Autoridad Administrativa CITES del Estado miembro en que se encuentre dicho espécimen. En este caso, y para realizar una importación o (re)exportación, el titular del certificado remitirá el documento "original" (formulario nº 1), así como el original y una copia de la
"(28Kb) hoja complementaria" para su verificación a una aduana comunitaria autorizada. Esta rellenará la hoja complementaria del certificado, devolverá los documentos originales al titular, refrendará la copia de la hoja complementaria y la remitirá a la Autoridad Administrativa CITES pertinente.
Cuando el espécimen se introduzca en la UE desde un tercer país, la autoridad expedidora será la Autoridad Administrativa CITES del Estado miembro del primer destino. La emisión de dicho certificado estará supeditada al suministro de un documento equivalente expedido por el tercer país de que se trate. Se procederá de igual forma que en el caso anterior, salvo que el titular deba también presentar, con fines de verificación, el certificado original expedido por el tercer país.
Si el titular de un certificado de propiedad privada comunitario desea vender o transferir el espécimen, deberá entregar primeramente dicho certificado a la Autoridad Administrativa CITES expedidora. Si el espécimen pertenece a una especie incluida en el Anexo A del Reglamento (CE ) 338/97, solicitará a la autoridad competente un certificado que le exima de las prohibiciones comerciales.
La sustitución de un certificado de propiedad privada extraviado, robado o destruido sólo la realizará la autoridad que lo haya expedido.
Presentación de solicitudes
Se deberán adjuntar los justificantes documentales necesarios para poder determinar si procede expedir el certificado. Se recomienda presentar la solicitud al menos con 15 días de antelación.
Puede rellenar el formulario de
(28 Kb) solicitud informáticamente o a mano con letras mayúsculas, imprimirlo, firmarlo y presentarlo en uno de los 12 Servicios de Inspección SOIVRE de forma presencial, por correo electrónico, fax, etc. Deberá adjuntar el justificante de ingreso de la tasa por prestación de servicios y gestión de permisos y certificados en el ámbito CITES (Ley 32/2007).
¡NUEVO! Puede realizar la solicitud y el pago telemáticos si posee un certificado digital de usuario.