AUTORIDAD ADMINISTRATIVA PRINCIPAL
La Secretaría General de Comercio Exterior tiene asignadas las competencias como Autoridad Administrativa principal de conformidad con lo establecido en el artículo IX del Convenio CITES , con carácter de órgano de gestión principal a los efectos establecidos en el artículo 13.1.a) del Reglamento (CE ) 338/97 del Consejo de 9 de diciembre de 1996.
Por ello, le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:
-
-
Representar a España ante el Comité CITES que asiste a la Comisión según lo establecido en el artículo 18 del Reglamento (CE) 338/97.
-
Mantenimiento de las comunicaciones oficiales a nivel gubernamental y departamental.
-
Tramitar y autorizar, si procede, todas aquellas solicitudes de importación, exportación o reexportación que se presentan ante uno de los 12 Servicios de Inspección SOIVRE de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio por parte de los interesados, así como el desarrollo de las actuaciones de control e inspección correspondientes.
-
Elaborar un Informe Anual y un Informe Bienal que recoja los datos sobre el comercio exterior de especímenes de especies incluidas en los Anexos del Reglamento (CE) 338/97. Los datos suministrados por los Países Partes en sus Informes Anuales, son compilados por el World Conservation Monitoring Center (WCMC ).
Las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio, en cuanto red periférica de la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio, emiten los permisos y certificados para los especímenes amparados por la legislación internacional y comunitaria CITES. Estos documentos acreditan que las operaciones de importación, exportación o reexportación han sido autorizadas y deben ser presentados ante las correspondientes Aduanas cuando proceda. Asimismo, la Autoridad Administrativa CITES principal desarrolla las actuaciones de control e inspección correspondientes, según la normativa comunitaria de desarrollo.
Únicamente llevan a cabo las actuaciones en materia CITES aquellos Servicios de Inspección SOIVRE dependientes de una de las 12 Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio autorizadas para ello:
D
En el caso de las maderas pueden, además, introducirse a través de las Aduanas de Vigo, Marín, Villagarcía de Arosa y Santander, que no emiten documentos CITES pero cuyas Direcciones Provinciales y Territoriales de Comercio pueden realizar las inspecciones y las comprobaciones documentales pertinentes.
Por otro lado, la Secretaría General de Comercio Exterior, a través de sus Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio, asiste técnicamente a otras autoridades encargadas de velar por el cumplimiento de la normativa CITES, como son:
- Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (SEPRONA).
- Servicio de Vigilancia Aduanera.
- Servicios de Aduanas.
- Juzgados.
- Otras autoridades locales y autonómicas.