PERMISO DE IMPORTACIÓN


Este documento es necesario para importar en la Unión Europea especímenes incluidos en los anexos A o B del Reglamento (CE ) 338/97. La mercancía no debe llegar a una Aduana de la UE antes de que haya sido concedido y entregado el permiso. Se recomienda solicitar el permiso al menos con un mes de antelación.

Según los casos se deberá adjuntar:

  • Para solicitudes de importación de animales vivos silvestres de especies incluidas en el Anexo A: el solicitante debe documentar la necesidad de introducción y facilitar detalles sobre el alojamiento previsto de los animales. Si no son vivos, sólo se aportará el proyecto que justifique la introducción.
  • Para solicitudes de importación de especímenes vivos criados en cautividad de especies incluidas en el Anexo A, y especímenes vivos de especies incluidas en el Anexo B:
  • Si se trata de felinos o primates, el solicitante debe incluir una descripción del lugar de alojamiento previsto,
  • Para otros animales vivos, si el solicitante es un importador habitual debe aportar documentación que demuestre la idoneidad de las instalaciones,
  • En el caso de particulares importadores eventuales, se debe aportar una declaración jurada en la que se indique que el lugar de alojamiento previsto es adecuado para conservar y cuidar los especímenes.

Si se cumplen los requisitos los Servicios de Inspección SOIVRE emitirán el correspondiente permiso de importación. Al importador se le entregará el ejemplar "original" y "la copia destinada al titular" del permiso de importación. Esta documentación se presentará en el momento de la importación, junto con el original del CITES extranjero (permiso de exportación o certificado de reexportación del país de procedencia si la especie está incluida en los Apéndices CITES), a la Aduana del primer punto de introducción en la Comunidad.

Esta operación se puede realizar por una de las Aduanas Comunitarias habilitadas para el despacho de especímenes CITES. En la página web de la Comisión Europea puede consultar los puntos de entrada/salida autorizados en la UE. Se recomienda consultar la Guía elaborada por la Comisión Europea para los puntos de entrada CITES y Puntos de Inspección Fronteriza Comunitarios (PIFs).

Si la importación se realiza directamente en España, una vez que la mercancía ha llegado físicamente a uno de los 12 puntos autorizados para la entrada de productos CITES y, previo al despacho aduanero, se deberá presentar en uno de los 12 Servicios de Inspección SOIVRE correspondientes la solicitud de inspección mediante el Documento pdf(34 kb) Documento de Inspección de Especies Protegidas. Una vez realizados los controles pertinentes, dicho documento certifica que la mercancía que se pretende importar es conforme, o no, con la mercancía autorizada en el permiso de importación.

Echinocereus pamanesiorum. © Aut. Adm. CITES

La Aduana debe diligenciar la casilla 27 del permiso de importación, entregando al importador la "copia destinada al titular". El original del permiso de importación será remitido por la Aduana a la Autoridad Administrativa CITES del país emisor.

El plazo de validez de un permiso es el plazo dentro del cual podrá realizarse la importación de la mercancía siendo como máximo de un año desde la fecha de expedición. Sin embargo, no es válido después de que haya caducado el documento CITES de (re)exportación, lo que en la práctica supone que el permiso sólo será valido hasta seis meses después de su fecha de expedición (pudiendo ser un plazo inferior). Una vez caducado el permiso sin haber sido utilizado, éste será devuelto sin demora a la Autoridad expedidora.

Presentación de solicitudes:

A la solicitud se adjuntará copia del documento CITES de (re)exportación con que viajará la mercancía (además de la documentación requerida en su caso). Puede presentar esta solicitud por dos vías:

  • Puede rellenar el formulario de Documento pdf(24 kb) solicitud informáticamente o a mano con letras mayúsculas, imprimirlo, firmarlo y presentarlo en uno de los 12  Servicios de Inspección SOIVRE  de forma presencial, por correo electrónico, fax, etc. Deberá adjuntar el justificante de ingreso de la tasa por prestación de servicios y gestión de permisos y certificados en el ámbito CITES (Ley 32/2007).
  • ¡NUEVO! Puede realizar la solicitud y el pago telemáticos si posee un certificado digital de usuario. 

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Subd. Gral. de Inspección, Certificación y Asistencia Técnica del Comercio Exterior