Este Certificado permite a un particular viajar por varios países durante 3 años consecutivos con su mascota sin necesidad de obtener un permiso de importación cada vez que entre en la UE , o un permiso de exportación cada vez que salga de ella.
Este Certificado se regula en los artículos 37 a 44 del Reglamento 865/2006 y es solamente válido en los siguientes casos:
Además, se deberán cumplir los siguientes requisitos:
El formulario para este Certificado (modelo que figura en el anexo I del Reglamento (CE ) 865/2006) se compone de los mismos cinco ejemplares que en el caso del permiso de importación:
A este documento se le anexará una (26 Kb) hoja complementaria (formulario incluido como anexo IV del Reglamento 865/2006) en la que la Aduana de entrada o salida diligenciará las fechas y lugares de importación y exportación múltiples.
Subd. Gral. de Inspección, Certificación y Asistencia Técnica del Comercio Exterior