AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ADICIONAL


Según el Real Decreto 1739/97, la Autoridad Administrativa CITES adicional de España está representada por el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT ).

Entre sus funciones se pueden destacar:

  • Exigir la documentación CITES necesaria para la importación o (re)exportación previamente a su despacho aduanero.
  • Diligenciar los documentos CITES en la casilla correspondiente haciendo constar fecha, lugar de entrada o salida, y en su caso, número y tipo de documento aduanero con el que se despacha la partida.
  • Exigir junto con el documento CITES, el “Documento de inspección de especies protegidas” emitido por los Servicios de Inspección SOIVRE en el que conste el resultado de la inspección física y/o documental de la partida.Búho (Strigidae spp). © Aut. Adm. CITES
  • Comprobar la documentación y, en los casos en los que proceda, realizar la inspección física según las recomendaciones derivadas del análisis de riesgos (incluye el control sobre paquetes postales y viajeros).
  • Cuando se detecte una infracción al Convenio CITES o a los Reglamentos comunitarios, incoar expedientes por supuesta infracción administrativa de contrabando y resolver, si procede, sanción y decomiso, o bien, trasladar la denuncia a la vía judicial.

Contacto con la Autoridad Administrativa adicional de España.


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Subd. Gral. de Inspección, Certificación y Asistencia Técnica del Comercio Exterior